Curso de Escalada en Madrid con Dreampeaks. Iniciación a la escalada. Aprende a escalar.

Dónde y Cuándo se puede Escalar en La Comunidad de Madrid. Regulación de  la Escalada en La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y otras áreas naturales.

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad 19 RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2020, del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se regula el tránsito por viales, el tránsito en las inmediaciones y pie de vía de sectores de escalada y la escalada en los sectores y vías regulados, en el paraje de La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama como medida de protección de especies rupícolas durante su época de cría y reproducción.

El Parque Nacional posee una riqueza inusual en zonas de escalada de gran tradición, muchas de ellas únicas por su variedad, calidad y estilo de escalada, lo que convierte a ciertas zonas de escalada en un referente de fama internacional. La escalada en los últimos años, como el resto de las actividades en la naturaleza, ha visto incrementado el número de practicantes, en ocasiones con cifras que a priori, parecen poco compatibles con la conservación. Por este motivo es imprescindible una regulación que asegure el disfrute de esta actividad de forma que no se alteren los principios que rigen la gestión de un Parque Nacional.

Cuando una actividad se masifica, en lugares muy concretos y aunque sea de forma puntual, tiene que ser regulada para evitar mayores perjuicios. La masificación de la escalada, sin entrar en otros factores de conservación, ya constituye por sí misma un importante factor que justificaría una regulación.

Esta regulación puede abarcar distintos niveles y grados, pudiendo ir desde una prohibición temporal de vías de escalada, sectores, rutas de descenso y los accesos a ciertos sectores, hasta su prohibición total en determinadas zonas. Las regulaciones pueden no provenir directamente de la existencia de nidos en el sector concreto, sino de otros impactos ambientales como puedan ser la suma del número de escaladores junto con el resto de visitantes, los posibles deterioros en la roca, daños en la base de la pared o en los senderos de acceso. En este caso, la presencia de nidos de buitre leonado (Gyps fulvus), halcón peregrino (Falco peregrinus) y águila real (Aquila chrysaetos) y la necesidad de conservar estas aves en su período más sensible (el de cría) justifica la necesidad de regular la actividad en dichas zonas, preservándolas de las molestias que les pudieran ocasionar los escaladores con su simple presencia, pues utilizan itinerarios y riscos en los que las aves han emplazado su nido. Por ello, en la presente resolución se listan las zonas en las que se restringe temporalmente la escala-da por la presencia de nidos.

Estas zonas serán de dos tipos, unas en las que sólo se restringe la escalada por vías concretas (B1) y otras en las que las posibles molestias afectan a especies más sensibles, que requieren la restricción temporal de todo el sector (B2). También se regula el tránsito en ciertos viales que, por su proximidad a nidos, pudieran ocasionar molestias (B3).

Fuera de las zonas y períodos señalados se permite la práctica de la escalada, el búlder y el rápel siempre que se respete el resto de normativa existente y siendo necesario el permiso de la propiedad cuando el terreno sea privado. Visto el informe del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y en consecuencia, en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 6.2 apartados e) y g) del Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad y por la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y, por su disposición transitoria única que establece la vigencia de los instrumentos de gestión previos a la declaración del parque, por el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares: RESUELVO

Primero

Regular la actividad de la escalada en las vías y sectores que se definen en el Anexo I de esta resolución, donde no se permitirá realizar esta actividad desde el 1 de enero al 31 de julio de 2020, ambos incluidos.

Segundo

Regular el tránsito por los viales que se definen en el Anexo I de esta resolución, donde no se permitirá realizar esta actividad desde el 1 de enero al 31 de julio de 2020, ambos incluidos.

Tercero

Establecer un sistema de información al escalador mediante señales en las propias vías y sectores, señales indicativas en aparcamientos y zonas de acceso, comunicación del personal del Parque Nacional en Centros de Visitantes y puntos de control de acceso y cuantos medios de comunicación se puedan articular para que esta regulación sea conocida.

Cuarto

La presente Resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 4 de febrero de 2020.—El Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, Luis del Olmo Flórez. 

ANEXO I SECTORES Y VÍAS REGULADOS POR NIDIFICACIÓN

* B1: Zonas donde no se permite la escalada temporalmente. Afecta a un número determinado de vías de escalada.

* B2: Zonas donde no se permite la escalada temporalmente. Afecta a un sector de escalada.

* B3: Zonas donde no se permite el tránsito temporalmente. Afecta a un vial.

PEDRIZA ANTERIOR

Sector Bordillo Oeste de la Cueva de La Mora – B2.

Sector Cancho Cofre o La Cripta – B2.

Sector El Indio – B1 – Vías reguladas: · Ticiano II · Sabratah · Mari Carmen (Chimenea) · Chapas Negras · Farinelli el Castrado · Ticiano III · Escaramouche · Elena · Inma-Mar · Chimenea.

Sector El Reloj – B1 – Vías reguladas: · Guapita · Anónima · La Senda del Tigretón · La Caja de Pandora · Codan el Bárbaro · Los Templos del Vicio · El Egido nos ha Vencido · Phoskitomanía · Master Blaster.

Sector La Nuez – B2.

Sector Los Fantasmas – B2.

Sector Peña Sirio – B1 – Vías reguladas: · Cántabra · Mogoteras ó G4 · Marío Samuel Gordons · U.R.D. · Taladro en la chepa · Quero-Olvera · Antón · Goyo · Vía desconocida o espolón sureste · Travesía a izquierdas de la Quero-Olvera.

Sector Peña Cagás – B2.

Sector Placas del Tamboril – B1 – Vías reguladas: · Vía Atiza y todas las que se encuentran a su derecha

Sector Risco del Hueco de las Hoces – B2.

VIAL REGULACIÓN Callejón de Peña Sirio – B3.

PEDRIZA POSTERIOR

Sector Cancho Centeno – B2.

Sector El Balcón – B2.

Sector El Cocodrilo – B2.

Sector El Pajarito – B1 – Vías reguladas: · Capi-Plasta · Sur Clásica · Abraxas · Proyecto · Pichi · Garbanzo Metálico · Quien dice miedo habiendo hospitales · Chona · Mayayo.

Sector El Pájaro – B1 – Vías reguladas: · Vía Este o Pedro Ramos · Vía Rivas-Acuña.

Sector Risco de la Ventana – B2.

Sector Risco de las Nieves – B2.

Sector Risco del Llanero o Mogote de la Dehesilla -B2.

CUERDA DE LOS PORRONES 

Sector Torreta de los Porrones o Peña del Águila – B2.

VIAL REGULACIÓN Ruta de las Cabras – B3.

LA NAJARRA 

Sector Peña Arcón -B2. 

Salida Escalada en Madrid con Dreampeaks.

OTRAS ZONAS REGULADAS

LA CABRERA

Pico de la Miel
Reguladas las vías Ezequiel y Emilio.

Aguja de la Pirámide
Reguladas las vías José, Revientabrazos, Espolón Vampiro y Sur directa.

Aguja de los Alquimistas
Reguladas todas sus vías.

Cancho Gordo
Reguladas todas las cinco vías de la cara suroeste (la Yatra y las de su izquierda).

Cancho Largo o Pajarito
Reguladas las vías: Pequeño Gorka, Cristal Oscuro, Moraleda y Bruja del mar.

VALDEMANCO

Regulada la escalada en la Peña del Tejo, Punta Alsina y Punt Astarte.
Prohibida la escalada de forma indefinida en la Peña del Cuervo y la Punta Bífida.
Punta Laura: afectadas las vías Alpinista electricista y Directa Salcedo.
Evitar la práctica del búlder en los alrededores de la Peña del Cuervo.

LOS ALCORES (EL VELLÓN).

PENDIENTE SE SEÑALIZAR

Regulada la escalada en los sectores Alcores 1, Alcores 2

BARRANCO DE UCEDA (Patones de Abajo).

Limitada la escalada y las prácticas de entrenamiento de espeleología desde el segundo viaducto del canal de YII.

CADALSO DE LOS VIDRIOS

No está permita la escalada ni el equipamiento de vías fuera de los sectores:
Sector Lanchón de los Bueyes
Sector Oriente
Sector Lunnis
Sector Chixpósito

PONTÓN DE LA OLIVA (provincia de Guadalajara)

Regulada la escalada desde Placas del Sol hasta el sector Parking desde el 15 de enero hasta el 15 de junio.

 

Fuente BOCM 20200217-19 y Escalada Sostenible


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Documentación por Gabriel Blanco

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